La denuncia socialista sobre el trabajo doméstico en 1930

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El trabajo doméstico, mayoritariamente femenino en la Historia, ha sido el sector laboral peor tratado, sin lugar a dudas, tanto en el régimen jurídico del mismo, como en el reconocimiento de sus derechos sociales. En realidad, como dice la historiadora María Jesús Espuny Tomás, la prestación de servicios domésticos no ha sido siempre considerada como una relación jurídica, por razones sociológicas, económicas, y de mentalidad. Por lo tanto, las mujeres que trabajaban en este sector no tenían derechos que sí comenzaron a disfrutar las trabajadoras de otros sectores, tanto en el ámbito industrial, como en el de otros servicios, ya desde fines del siglo XIX. En España, la Segunda República fue el período en el que más se avanzó en relación con el servicio doméstico, al incluirlo en la Ley de Contrato de Trabajo, pero no en la Ley de Jornada Máxima. En todo caso, tanto el sindicalismo socialista como el anarcosindicalismo lucharon por sus derechos, y comenzaron a incluir a estas trabajadoras en sus propias sociedades obreras.

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El trabajo doméstico y la Ley de Contratos de Trabajo de 1931 a través de Alfonso Maeso

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La Ley del Contrato de Trabajo de 21 de noviembre de 1931 constituye un capítulo fundamental en la Historia laboral contemporánea española. Por un lado, recogía aspectos desarrollados por el antiguo Instituto de Reformas Sociales, y por otro asumía el programa en esta materia de los socialistas con el ministro de Trabajo al frente, Largo Caballero. Se trataba de una disposición que afectaba a todos los trabajadores y trabajadoras estableciendo normas obligatorias para la contratación. También regulaba los convenios colectivos que obligaban a los patronos y los trabajadores. Pero, además, establecía aspectos relacionados con los salarios, la finalización de los contratos, el establecimiento de vacaciones pagadas por una semana y, por fin, reconocía que el derecho de huelga no podía ser motivo de despido.

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