La influencia obrera en la Inspección de trabajo en 1924
Los vocales obreros de la Junta Local de Reformas Sociales de Valdepeñas (Ciudad Real) presentaron unas iniciativas sobre la interpretación de distintas legislaciones laborales: el artículo 32 del Reglamento de la Ley de Trabajo de mujeres y niños, los artículos 33 y 34 del de la Jornada mercantil, y, por fin, el artículo 10 del Reglamento del Real Decreto de 3 de abril de 1919 sobre jornada panadera, todo ello en relación a la designación o nombramiento de la Comisión Mixta que había de ejercer la inspección de fábricas, talleres y establecimientos de trabajo enclavados en el término municipal correspondiente.
Las iniciativas fueron elevadas al Instituto de Reformas Sociales, que las presentó como propuesta, y se publicó, al respecto una Real Orden. La duda que presentaban los representantes obreros versaba sobre si la designación que había de hacerse por la Junta debía tener en cuenta las indicaciones y el voto de cada clase, o solamente se haría por mayoría. Se tomaba la decisión de que la designación de un vocal patrono y otro obrero para la Comisión Mixta encargada de la Inspección correspondiente a la Junta Local de Reformas Sociales, se hiciese por las mismas Juntas, a propuesta de las representaciones patronal y obrera. Así pues, una victoria de la representación obrera.
Hemos consultado el número del 17 de mayo de 1924 de El Socialista.